La historia constitucional venezolana, que se inicia de manera coetánea
al constitucionalismo español (e incluso antes, toda vez que su primera
Constitución data de 21 de diciembre de 1811) es extraordinariamente agitada ya
que es posible constatar un total de 25 textos constitucionales (1811, 1819,
1821, 1830, 1857, 1858, 1864, 1874, 1881, 1891, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914,
1922, 1925, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945, 1947, 1953, 1961 y 1999).
Evidentemente un buen número de tales textos no constituyen otra cosa que una
mera cobertura jurídica con apariencia de constitución para justificar el poder
de caudillos o dictadores militares; por otra parte, también hay que advertir,
para matizar esta afirmación inicial, que en la tradición constitucional
venezolana no ha existido hasta épocas recientes el mecanismo de la reforma
parcial, por lo que con frecuencia se reviste como nueva constitución lo que
materialmente no ha sido más que una puntual modificación de algunos preceptos
constitucionales. No obstante, todo ello no es impedimento para que la mera
enumeración de los textos formalmente constitucionales revele una ajetreada
historia política y una escasa consolidación de las ideas constitucionales.
La Constitución de 15 de diciembre de 1999, hoy
vigente, ha venido a suceder a aquella otra de 23 de enero de 1961, que fuera
elaborada con el acuerdo y respaldo de los tres principales partidos (Acción
Democrática, Copei y Unión Republicana Democrática) que apoyaron a la Junta de
Gobierno implantada tras el levantamiento cívico-militar que tuvo lugar el 23
de enero de 1958 contra el gobierno del general Marcos Pérez Jiménez, y logró
dotar al país de un régimen basado en los principios de la democracia
constitucional, liberal y representativa. Durante casi 40 años Venezuela
pareció así disfrutar de estabilidad constitucional, período en el que la vida
política discurrió con arreglo a los cauces marcados por un texto que fue
reformado en dos ocasiones (11 de mayo de 1973 y 16 de marzo de 1983) con
arreglo a los procedimientos por él establecidos.
No puede decirse lo mismo - en cuanto espíritu de acuerdo y respeto de
las formas constitucionales- del movimiento político que alumbró la nueva
Constitución bolivariana aprobada bajo los auspicios del coronel Hugo Chávez
(responsable de un intento fallido de golpe de Estado en 1992), que accedió a
la Presidencia de la República tras las elecciones presidenciales celebradas el
6 de diciembre de 1998 con un amplio respaldo popular (56%) y después de haber
triunfado igualmente en las elecciones legislativas y regionales celebradas
poco antes (noviembre de 1998). De una parte porque el proceso de elaboración
de la nueva Constitución, aunque formalmente dirigido por un grupo político
integrado por una pluralidad de partidos, el Polo Patriótico, en realidad es un
movimiento populista que fue liderado por el coronel Chávez y dotado de escaso
espíritu transaccional. De otro lado porque el proceso constituyente, desde sus
mismos inicios se autoproclamó dotado de un carácter originario y en ruptura
con el orden constitucional precedente; de ello da buena prueba tanto la
expresión con la que el coronel Chávez aludía a la Constitución de 1961 (la
moribunda), como el calificativo popular con el que se conoció a la Asamblea
Constituyente (la soberanísima).
Y sin embargo, como han advertido los sectores académicos más solventes
del país (por todos, R. Combellas "Qué es la constituyente?",
Caracas, 1998), la tesis de abrir un proceso constituyente que asentara en
nuevas bases la organización política de Venezuela es algo que se remonta a
finales de la década de los 80, fruto del deterioro del sistema de partidos
forjado 30 años antes.
En todo caso la tensión entre una llegada al
poder del coronel Chávez y su Polo Patriótico a través de procedimientos
constitucionalmente regulares y su inmediata proclamación de ruptura con el
orden constitucional precedente, va a dar lugar a un intenso e interesante
debate jurídico entre los defensores del mantenimiento del estatus quo
constitucional, preconizado por los partidos tradicionales, y con apoyo en la
fuerza jurídica de la Constitución de 1961 para regir su revisión, y los
partidarios de la originariedad del poder de la Asamblea Constituyente,
sedicente encarnación de la voluntad popular. La secuente convocatoria y
celebración de referéndum popular convocado al margen de las prescripciones de
la Constitución de 1961 para superar los escollos que el procedimiento de
reforma constitucional implicaba (17 de febrero y 25 de abril de 1999), la
celebración de elecciones a una Asamblea Constituyente (25 de julio de 1999),
la actuación constituyente de dicha Asamblea hegemonizada por el chavismo pues
de sus 131 miembros, 120 pertenecían al Polo Patriótico (3 de agosto a 15 de
noviembre de 1999) y finalmente, el nuevo referendum de ratificación del nuevo
texto constitucional (15 de diciembre de 1999), van a estar salpicados de
pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de muy diverso signo
(sentencias de 19 de enero, 18 de marzo, 13 de abril y 14 de octubre siempre de
1999) y de incidentes con el poder judicial (Decreto de 19 de agosto de 1999 de
Reorganización del Poder Judicial declarando a éste en emergencia y dimisión de
la Presidenta de la Corte Suprema) que confieren a todo el proceso una notable
peculiaridad.
Como resultado del proceso brevemente descrito,
el 30 de diciembre de 1999, se publicó finalmente la denominada Constitución
Bolivariana de la República de Venezuela. Todavía quedaba sin embargo un
pequeño episodio que es preciso reseñar. Culminado el proceso y concluida la
labor de la Asamblea Constituyente, la Gaceta Oficial nº 5453 de 24 de marzo de
2000 procedió a una nueva publicación del texto sedicentemente para subsanar
determinados errores gramaticales, de sintaxis y de estilo, pero que, sorprendentemente,
recogía una Exposición de Motivos que no llegó a ser en ningún momento debatida
en el Pleno de la Asamblea Constituyente. No obstante éste último es el que se
viene habitualmente considerando como texto oficial, aunque solo fuera porque
lleva la firma del Presidente de la Asamblea, siendo este el texto que se
reproduce a continuación.
Esquema de la Constitución de 1999
Título I.
Principios fundamentales
Título II. Del
espacio geográfico y la división política
Título III. De
los derechos humanos y garantías, y de los deberes
Título IV. Del
poder público
Título V. De
la organización del poder público nacional
Título VI. Del
sistema socio económico
Título VII. De
la seguridad de la Nación
Título VIII.
De la protección de esta Constitución
Título IX. De
la reforma constitucional
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| Constitución de la República Bolivariana de Venezuela |
·
Dos modelos de
democracia: Formal y profunda.
o
Democracia
Formal:
Se denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas
constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo,
ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero
mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto.
En un sentido peyorativo se asimila a los Estados en los que las normas
constitucionales reflejan este sistema jurídico pero en la práctica es
vulnerado.
Curiosamente, en la sociedad democrática moderna, los estudiosos de la
comunicación política deben gran parte de sus conocimientos a Joseph Goebbles,
célebre Ministro de Propaganda del gobierno nazi de Hitler. Y, particularmente,
una cita suya está tan vigente ahora como entonces: "Una mentira repetida
mil veces se convierte en una verdad".
En este sentido, se ha extendido una mentira que, por ser además
políticamente correcta, nadie se plantea si es verdad. "En Democracia, se
dice, el pueblo nunca se equivoca." Esto es, como la evidencia ha
demostrado a lo largo de la historia, una falacia. El pueblo se equivoca. ¿O
acaso la colectividad es poseedora de un cierto tipo de infalibilidad que, como
individuos no poseemos?
Además, hemos de reconocer que errar es una inevitable característica de
los seres humanos. Además solemos hacer de la necesidad virtud y entendemos que
cometer errores no es bueno ni malo, es inevitable. Es más, posiblemente
aprendamos más de los errores que de los aciertos, ya que nos sirven de
acicate, de advertencia y forman parte del proceso de aprendizaje. Lo
importante de los errores es que nos han de servir para mejorar, para sacar de
ellos una experiencia positiva.
Lo mejor de todo esto, lo más importante y consustancial al ser humano
es que nuestros errores son una clara muestra de nuestra capacidad de elegir,
de nuestra libertad de criterio, de nuestro derecho a equivocarnos. Esto, que
es válido y generalmente admitido para los seres humanos como individuos,
parece que, por arte de magia, desaparece cuando funcionamos como colectividad,
cuando en realidad no es así.
Las colectividades, como los individuos, se equivocan. La grandeza de la
democracia es que cuando un colectivo se equivoca en democracia, está ejerciendo
su derecho a equivocarse en libertad, está declarando su "mayoría de
edad" para el ejercicio de su soberanía. No es que los pueblos, en
democracia, no se equivoque, es que tienen derecho a equivocarse... y el deber
de aprender de sus errores pues, como decía Cicerón "errar es humano, pero
sólo los estúpidos perseveran en el error."
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Existen dos conceptos que, particularmente, se consideran indispensables
en el ejercicio de dichas libertades:
• La existencia de distintas opciones para elegir.
• La formación y la información disponibles para llevar a cabo tal
elección.
La democracia es sólo un sistema formal que, sin la existencia de estas
características, no serviría para el desarrollo del ser humano en libertad, que
es realmente el valor que se persigue. La democracia no es, por tanto, un fin
en sí misma, sino un medio para conseguir el desarrollo del hombre en Libertad.
Eso sí, es el sistema que, hasta la fecha, mejor ha permitido conseguir dicho
fin.
Podemos evaluar cualquier sistema democrático atendiendo a estas
características, de tal manera que, según estén presentes, y en qué grado,
podemos saber el nivel de democracia de una colectividad.
o
LA DEMOCRACIA
PROFUNDA
Será aquella que no sólo haga y mantenga los hombres y mujeres libres,
si no (y también), iguales. Es más, se
dice que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar fórmulas
de equidad razonables, de igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.
La democracia, como una propiedad (característica) de los sistemas
sociales, avanzados puede concebirse en tres dimensiones:
1. La social, entendida como la calidad de vida material.
2. La formal, entendida como la existencia de determinadas reglas
generales de poderes, derechos y obligaciones de las diversas instituciones y
entidades que componen el sistema social.
3. La participativa, entendida como la decisión real de los asuntos
públicos trascendentales por parte de las mayorías de la sociedad, con la
debida protección de las minorías. En el lenguaje de las ciencias naturales
podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes que caracterizan a la
propiedad "democracia".
·
Democracia
participativa.
Es aquel tipo de democracia en la que los ciudadanos, sea a través de
asociaciones o en procesos de consulta directos (referéndum, plebiscito), gozan
de una mayor participación en la toma de decisiones que en la democracia
representativa.
Democracia Participativa o Semidirecta es una expresión amplia, que se
suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor
participación en la toma de decisiones políticas que les otorga
tradicionalmente la democracia representativa.
Puede definirse con mayor precisión como un modelo político que facilita
a los ciudadanos su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo que puedan
ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. Se manifiesta
usualmente por medio de referendos por los que los representantes consultan a
la ciudadanía o por medio de iniciativas de consulta que los ciudadanos
presentan a los representantes.
La democracia participativa y estas otras formas no deben considerarse
como excluyentes entre sí. Más bien, cada una de ellas apunta en una
determinada dirección sobre cómo hacer avanzar la democracia representativa
tradicional hacia sistemas con mayor grado de participación. En la práctica, un
sistema concreto de democracia participativa puede basarse en ideas y métodos
provenientes de distintas variantes.
o
Razones Para
Su Promoción
Una de las razones fundamentales para promover la democracia
participativa consiste en que tal sistema ofrece al ciudadano una capacidad de
participar en decisiones orientadas a desarrollar una economía socialmente
justa y humanista. Esto promueve un ambiente de cooperación porque se aprecian
directamente las consecuencias de tales decisiones para todos y cada uno de los
miembros de la sociedad.
La democracia participativa auténtica hace énfasis muy especial en dar
voz a los individuos y a las comunidades, cuyas opiniones, anhelos y
aspiraciones rara vez hallan eco o atención en los mecanismos tradicionales de
la democracia representativa.
Este es un proceso de transformación -que ya está en marcha en muchas
sociedades democráticas- que debe apuntar a promover mecanismos prácticos de
participación, medios transparentes de información e investigación,
adiestramiento desde la escuela en las técnicas de participación y un programa
político estable que defina claramente sus metas destinadas a generar una
energía social de participación en las comunidades orientada a la vida y
decisiones del barrio, del municipio, de la provincia y de la nación, con el
consecuente resultado de concertación, tolerancia y colaboración que
necesariamente desemboque en una evidente mejora de la calidad de vida.
o
¿Por Qué
Democracia Participativa?
Hay buenas razones por las cuales la democracia participativa debiera
funcionar:
Aprovecha las experiencias y la capacidad de todos: La sociedad funciona
mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los
grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos
tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local de las necesidades de la
población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente
centralizado.
Promueve la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales,
las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar
en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos si los incluyen
de alguna forma en sus decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor
facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz el medio en que
se desenvuelven.
Desarrolla nuevas capacidades: La
participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en
colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que las
cosas se hagan y los proyectos se realicen. La actividad participativa los
convierte así en mejores ciudadanos.
Mejora la calidad de vida:
Estudios realizados por economistas, sociólogos y sicólogos han demostrado que
las personas que participan en la toma de decisiones son más felices que los
que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten
responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la participación
brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración.
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| Comunidad Participando |
·
Derecho a la
información
Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus
ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de
expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y
difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho
asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato,
ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que
promuevan la intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias
públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57
de la CRBV).
La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y
responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la
información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los
principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando
se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los
niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para
su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).
El tema de la libertad de expresión y del derecho a la información ha
sido de amplia discusión desde antes de la aprobación de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela de 1999. El debate sobre su vigencia y los
mecanismos para su efectiva satisfacción, se ha convertido en un reto para el
Poder Público nacional y la sociedad civil. Esta discusión ha trascendido a
instancias internacionales tales como: Comisión Interamericana de Derechos
Humanos y la Organización de Estados Americanos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, describe en
artículos distintos y trata como derechos diferentes, los temas de la libertad
de expresión y la información. El derecho a la libertad de expresión (artículo
57) norma la facultad de quien emite opiniones e informaciones, otorgándole el
derecho a expresarse libremente por cualquier medio sin censura; mientras que
el derecho a la información (artículo 58), se establece desde la perspectiva de
quien recibe la información, la cual señala debe ser oportuna, veraz, imparcial
y sin censura. Adicionalmente, el artículo 58 consagra el derecho a
réplica.
Aquí estriba en parte la discusión sobre los hechos ocurridos los días
11 al 14 de abril, pues se trata de establecer un equilibrio entre la libertad
de difundir informaciones y opiniones, así como el derecho a recibir
información oportuna, imparcial y veraz.
La libertad de expresión es una condición sine qua non de la sociedad
democrática. La ausencia de garantías suficientes para que los periodistas
puedan desempeñarse profesionalmente, en libertad y con independencia, debe
considerarse un atentado contra la democracia. Una sociedad que no está
informada no es plenamente libre. La ausencia de una comunicación libre y plural,
de espacios donde puedan expresarse libremente todas las voces -sin distingo de
raza, sexo, religión, condición social u opinión política-, representa un serio
riesgo para la consolidación de una sociedad democrática.
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| Derecho a la Información |
o
Obligaciones
Estatales
Los hechos enumerados sucintamente, implican sin duda responsabilidades
en la violación o restricción de los derechos a la información y a la libertad
de expresión, por parte de las iniciativas estatales y privadas de comunicación
social. Aunque desde la perspectiva de los derechos humanos corresponde
esencialmente analizar la actuación del Estado, mencionaremos también algunas
de las implicaciones que involucran el comportamiento de los medios de
comunicación privados.
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| Libertad de Expresión |
La utilización de las cadenas de radio y televisión por parte del
Estado, no es en sí misma una violación de estos derechos, pues está prevista
en el ordenamiento constitucional y legal. En algunas circunstancias el Estado
tiene la facultad de utilizarlas como mecanismo para garantizar que toda la población
tenga acceso a información de su interés. La discusión en este caso se refiere,
a constatar si el Estado hizo uso abusivo de este recurso comunicacional.
Adicionalmente, quedan por evaluarse si las transmisiones estadales estaban
efectivamente orientadas a presentar información relevante para la libre
formación de la opinión pública y el hecho de si la cantidad, extensión y
calidad de las intervenciones del Estado se ajustaba a este objetivo.
Si bien puede justificarse el uso de las cadenas para garantizar el
derecho a la información, el Estado menoscaba la libertad de expresión y el
derecho a la información si los medios de comunicación, bajo su
responsabilidad, no transmiten información plural.
En opinión de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), expresada en un comunicado de prensa
emitido el 9 de abril, el gobierno venezolano efectivamente estaba haciendo una
utilización abusiva de las cadenas nacionales en las programaciones televisivas
y radiales.
o
Responsabilidad
De Las Empresas Privadas
Un hecho sin precedentes ocurrió la noche del día 12 y el día sábado 13
de abril, cuando la mayoría de los medios de comunicación privados se
abstuvieron de informar a la población sobre los acontecimientos que ocurrían
en todo el país. Mientras cientos de miles de personas salían a las calles a
reclamar el regreso del orden constitucional, sólo los medios internacionales y
un par de emisoras de radio trasmitían información relativa a estos hechos. El
silencio de las televisoras privadas se hizo más evidente por el hecho de que
el canal del Estado permanecía fuera del aire. Las estaciones de televisión
privadas dejaron de cumplir con la responsabilidad social que les confiere su
condición de servicio público, y por lo tanto cercenaron el derecho de la
población a recibir información, favoreciendo la creación de un ambiente de
incertidumbre y zozobra, promovido por la emisión de rumores de toda índole en
el marco de la situación real que vivía el país en esos momentos.
Las televisoras privadas justificaron la notoria falta de difusión de
información oportuna durante los dos días anteriores, sobre la base de la
vulnerabilidad de los comunicadores sociales a posibles agresiones o
situaciones de violencia. Sin embargo se destaca que medios de comunicación
internacionales como: CNN en Español, Telemundo y Radio Caracol transmitieron
información relativa a los sucesos.
La Defensoría del Pueblo es consciente de que el clima de polarización
ha provocado una circunstancia de riesgo para la labor periodística, y así lo
ha denunciado en numerosas ocasiones. Asimismo, en consonancia con las
recomendaciones de la Relatoría de Libertad de Expresión de la OEA, se han
emitido recomendaciones destinadas a las autoridades competentes, con el fin de
que se instrumenten las medidas necesarias para proteger la integridad física
de los periodistas en labores informativas.
![]() |
| Libertad de Expresión |
Sin embargo, a pesar de la existencia de dichos riesgos durante los días
12 y 13 de abril, es plausible determinar que existían condiciones para emitir
información relativa a las circunstancias en las cuales se desarrollaban los
acontecimientos, bien a través de despachos de agencias internacionales, o bien
a través de la cobertura que medios internacionales realizaron de manera casi
ininterrumpida, a partir de la ruptura del orden constitucional y la instalación
del gobierno de facto.
Asimismo, llama la atención de la Defensoría del Pueblo el hecho de que
la mayoría de los medios de comunicación, en su cobertura editorial, no tomaran
suficientemente en cuenta su carácter de valedores de la democracia y la paz,
carácter que está establecido en instrumentos de derecho internacional. En
efecto, el país asistió a un ejercicio comunicativo orientado, antes que a defender
la democracia y el orden constitucional, a presentar los hechos como
inevitables, y a validar la instalación del gobierno de facto, al darle cabida,
fundamentalmente, a los puntos de vista de aquellas personas y sectores que
apoyaron el golpe de estado.
Un caso paradigmático de esta tendencia fue la salida del aire de las
declaraciones del Dr. Isaías Rodríguez, Fiscal General de la República, quien
en horas de la tarde del día 12 de abril, en rueda de prensa transmitida en
directo, denunció la comisión de un golpe de Estado. Los medios televisivos que
transmitían dicha rueda de prensa optaron por interrumpirla abruptamente en
lugar de permitir que dicha autoridad pública concluyera su intervención. Igual
suerte corrieron las declaraciones del Gobernador del estado Táchira, Ronald
Blanco La Cruz y del Defensor del Pueblo, Germán Mundaraín.
Artículo 1°.- Derecho a la información. Organismos requeridos. Toda
persona física o jurídica tiene derecho, en forma concordante con el principio
republicano de publicidad de los actos de gobierno y atendiendo el carácter de
bien social que ostenta la información pública, a solicitar y a recibir
información de tal índole en forma completa, veraz, adecuada y oportuna.
Dicha facultad lo es sin perjuicio de la información que debe ser
producida por propia iniciativa de los órganos y poderes públicos.
El
requerimiento podrá ser formulado respecto de cualquier órgano perteneciente a
la Administración centralizada, desconcentrada, descentralizada e incluso entes
autárquicos; empresas y sociedades del Estado, sociedades anónimas con
participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y todas
aquellas otras organizaciones empresariales donde el Gobierno provincial tenga
participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias;
concesionarios de servicios públicos; órganos de control; los poderes
Legislativo y Judicial en cuanto a su actividad administrativa y los demás
órganos establecidos en la Segunda Parte, Título Primero de la Constitución de la
Provincia.
·
La
comunicación y la equidad
o
Que es
comunicación
El hecho que un determinado mensaje originado en el punto A llegue a
otro punto determinado B, distante del anterior en el espacio o en el tiempo.
La comunicación implica la transmisión de una determinada información. La
información como la comunicación supone un proceso.
o
Que es equidad
La Equidad es un valor de connotación social que se deriva de lo
entendido también como igualdad. Se trata de la constante búsqueda de la
justicia social, la que asegura a todas las personas condiciones de vida y de
trabajo dignas e igualitarias, sin hacer diferencias entre unos y otros a
partir de la condición social, sexual o de género, entre otras.
El término equidad proviene de la palabra en latín “aéquitas”, el que se
deriva de “aequus” que se traduce al español como igual. De este modo, la
equidad busca la promoción de la valoración de las personas sin importar las
diferencias culturales, sociales o de género que presenten entre sí.
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| Equidad |
La importancia de la equidad toma especial importancia a partir de la
constante discriminación que diferentes grupos de personas han recibido a lo
largo de la historia. Un claro ejemplo de aquello es la discriminación contra
la mujer en el ámbito laboral y social, lo que ha impulsado la creación de
diferentes organizaciones, tanto a nivel gubernamental como independiente, las
que se hacen cargo de situaciones como esta y luchan contra ellas a diario.
Sucede también que en muchas naciones se discrimina a aquellas personas
provenientes de otras culturas, marginándolos de la sociedad, y limitando así
en forma dramática las posibilidades de surgir y desarrollarse.
o
La Equidad
Como Derecho
El principio de equidad es un Principio General del Derecho. El artículo
3.2 del Código civil de España establece que "La equidad habrá de
ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los
Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley
expresamente lo permita".
Constituye uno de los postulados básicos de tales Principios Generales
del Derecho y nos indica que está íntimamente ligada a la justicia, no pudiendo
entenderse sin ella. Tanto es así que Aristóteles consideraba lo equitativo y
lo justo como una misma cosa; pero para él, aún siendo ambos buenos, la
diferencia existente entre ellos es que lo equitativo es mejor aún.
De tal forma citando el Real Diccionario de la Lengua Española, la
equidad es contemplada como la "bondadosa templanza habitual; propensión a
dejarse guiar, o a fallar, por el sentimiento del deber o de la conciencia, más
bien que por las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto
terminante de la ley"; a su vez se define como "justicia natural por
oposición a la letra de la ley positiva". Por lo tanto dentro de la
definición de éste principio encontramos referencias a lo justo, a la justicia.
Sin embargo justicia y equidad son conceptos distintos.
La justicia es universal, pero no siempre puede tener en cuenta los
casos concretos en su aplicación, tomando como referencia la ley como medida de
la justicia, la equidad estaría ahí, para corregir la omisión o el error
producido o la aplicación rigorista de la misma. Con lo la equidad también es
lo justo, y ambas, equidad y justicia, no son incompatibles sino que se
complementan.
·
El proyecto
democrático y la realidad sociopolítica.
Conscientes de
que la historia la constitución los hechos transcendentes del hombre,
precisamos que como ciencia esta debe reconocerse “porque se ocupa de los
hombres en sociedad, de sus hechos y progreso, y su finalidad es ayudar a
comprender el mundo.
Hay que buscar
en el pasado las causas del presente y construir de esta manera las condiciones
del futuro. Las actividades humanas son el resultado de las relaciones de
factores políticos, económicos, sociales y culturales, y es precisamente de a
partir de esas relaciones que intentamos promover el estudio de la historia,
porque al fin y al cabo la historia es el conjunto de ésas interrelaciones.
Basados en los
planteamientos anteriores expondremos en líneas generales las tendencias
futuras de nuestro país en los aspectos políticos, económico, social y
educativo- cultural, pero antes haremos un diagnostico general de la situación
actual.
La intención
no es hacer futurología, sino presentar una visión basada en la comprensión del
pasado y en el conocimiento del presente. La nación cuenta con planes
concebidos a largo plazo que, sumado a la experiencia histórica acumulada,
deberán definir la orientación del desenvolvimiento de las relaciones
políticas, económicas, sociales y educativas culturales, por lo menos durante
los primeros diez años del próximo siglo. Sin olvidar que el mundo actual
avanza vertiginosamente, debemos mantener las políticas que han dado resultados
positivos, tampoco hay que olvidar que todo cambio lleva tiempo, aun escogiendo
el camino más radical. Invito de esta manera a revisar algunos aspectos del
proyecto democrático y la realidad socio - político desde el año 1999 hasta el
2004.
El Gobierno de
Hugo Chávez.
Fue electo en
1998 por los partidos: Movimiento V República (MVR), Causa R, MAS, PPT, y otros
partidos.
Durante la
campaña electoral el actual presidente insistió en la necesidad de promulgar
una nueva constitución nacional. El pueblo así lo entendió y le concedió un
amplio apoyo absoluto al elegir las personas que integrarían la Asamblea
Nacional Constituyente, como cuyo objetivo era redactar la nueva constitución.
El nuevo texto
constitucional se ratificó mediante un referéndum celebrado el 15 de diciembre
de 1999. El 30 de julio del 2000 es llamado nuevamente el pueblo para una
consulta electoral y Hugo Chávez Frías resulto elegido de nuevo para un período
de 6 años.
Proceso
Político.
•Gobierno de
democracia participativa (realización de dos referéndum)
•Promulgo la
constitución de 1999 en la cual se elevo el período presidencial a 6 años y se
permite la reelección inmediata. Fue ratificado en julio del 2000 como
presidente de la República.
•Varias
marchas y concentraciones tanto de la oposición como del oficialismo. Sucesos
que conmocionaron al país: como los asesinatos de “Puente LLaguno”
(11/04/2002), en la Plaza Francia Altamira (06/12/2002) y Paseo los Ilustres
(03/01/2003).
•Un gran
sector de la población se plegó al paro nacional convocado por FEDECAMARA y la
CTV desde el 2/12/2002, al cual se unieron los trabajadores de PDVSA, hasta
comienzo del 2003.
•En el 2003,
se solicita la activación de un nuevo mecanismo constitucional para la
revocatoria del mandato de funcionarios públicos electos popularmente.
•La moneda
sufrió una fuerte devaluación. Se estableció un control cambiario regulado por
la comisión de administración de divisas (CADIVI).
Sucesos de 11
de Abril de 2002
Luego de una
marcha organizada por sectores opuesto al gobierno y la muerte de varias
personas en la calle cerca del palacio de Miraflores, un grupo de militares y
civiles depusieron al presidente Hugo Chávez e instauraron un gobierno que se
autodenomino de transición, presidido por Pedro Carmona Estanga. Los poderes
públicos fueron disueltos y los gobernadores y alcaldes de país fueron
destituidos. Finalmente, otro grupo de militares y civiles exigió el respeto a
las instituciones y a la constitución. Carmona dejo el poder y Hugo Chávez
reasumió la presidencia de la República.
El
Neoliberalismo como ideología.
El modo más
sutil que puede arbitrar una ideología para imponerse y perdurar es proclamar
la muerte de las ideologías y mostrarse bajo otro semblante. Por ejemplo, la
ciencia es lo que sucedió por casi un siglo con el positivismo. La ciencia
positiva hace las veces de la política, la filosofía y la tecnología, siempre
como evidencia apodíctica y sagrada.
Eso pasa hoy
con el neoliberalismo. Es un modo de practicar la economía política que está
alcanzando vigencia planetaria. Pero el que esta práctica haya logrado
imponerse no significa la convalidación de sus postulados; solo atestigua la
contundencia de los medios (tanto políticos como económicos).
Se han
demostrado que los organismos de decisión política o administrativa no obedecen
al tipo de comportamiento al puesto que postuló, con cierta ingenuidad, el
intervencionismo económico del siglo XX.
El
Neoliberalismo como ideología político.
El postulado
principal del neoliberalismo es que la competencia pone a funcionar hasta el
tope las energías latentes en los individuos que conforman el todo social. Y
así la extrema movilidad que se genera, tras una etapa dolorosa de ajustes,
provoca una necesidad de bienestar. El estado no puede sobreproteger el pueblo.
El
neoliberalismo como propuesta económica.
El
neoliberales es una óptima filosofía que tiene ramificaciones en todos los
campos de las ciencias sociales los neoliberales se dedican a ensalzar la
competencia capitalista, afirmando que el mecanismo de esta ultima garantiza automáticamente
las mejores condiciones para la evolución de las fuerzas productivas.
Una
peculiaridad del neoliberalismo es que combina la exaltación de la libre
competencia y de la restauración automática del equilibrio con el
reconocimiento de la necesidad de la intromisión del estado en la economía.
La
argumentación del neoliberalismo es que la libre competencia es el estado ideal
de la economía, pero no siempre puede ponerse en vigor, porque los monopolios
la contrarrestan.
Características
del Neoliberalismo Económico.
Según el
escritor venezolano Fernando Salas Falcón:
•Defiende un
mercado alternativo competitivo.
•Acepta la
introducción del estado en la economía, como arbitro o promover de la libre
competencia.
•Se opone al
acaparamiento y a la especulación.
•Se opone a la
formación del monopolio y oligopolios.
•Se oponen a
la fijación compulsiva de salarios por el estado.
•Se opone a la
creación compulsiva de empleo.
•Se opone al
gasto público democrático.
•Defiende el
libre comercio internacional.
La Revolución
Social.
Un compromiso
de todos para combatir la pobreza, la inseguridad:
•Educación
para ciudadanía y la producción.
•Formar un
ciudadano sano y eficiente protegido.
•Trabajar por
una vivienda y un hábitat digno para todos.
•Luchar por la
equidad y la dignidad de todos los venezolanos.
Nota: la
población demanda creciente servicios de educación, salud, vivienda, seguridad
recreación, transporte… la clase media, antes poderosa y en crecimiento,
actualmente esta debilitada. Obtener un titulo universitario ya no es garantía
de movilidad social; aumenta la marginalidad y la pobreza.
Se detecta
problemas graves de desnutrición infantil y han insurgido nuevamente en el país
endemias como paludismo y cólera.
La corrupción
se ha extendido a toda la estructura del gobierno y alcanza hasta instituciones
sindicales, profesionales, gremiales, empresariales.
La situación
de pobreza en que se encuentra la gran parte de los venezolanos impide la
creación de riqueza y comprometen nuestra estabilidad política y social. Por
eso, la erradicación de la pobreza es una tarea esencial para edificar un país
prospero. Con armonía social y verdadera democracia.
Por eso el
presidente de la República Hugo Chávez dijo el 28 de mayo: “Vengo a convocarlos
para un verdadero salto hacia el siglo XXI”.
Mencionaba el
presidente; “los resultados de la política económica de mi gobierno estará
estrechamente vinculado a los objetivos sociales. La participación de la
sociedad en un proyecto centrado en mejorar el nivel y calidad de vida de la
gente. En mi gobierno se producirán más y mejores servicios, en una acción
coordinada e iniciativa privada.”
La Revolución
Económica.
Confianza,
estabilidad, crecimiento económico y empleo.
•Estabilidad,
prosperidad y empleo.
•La difícil
coyuntura económica actual: punto de partida de grandes cambios:
Lineamientos
de política macroeconómica.
La reactivación
económica y las políticas sectoriales.
Política
industrial y comercio exterior.
Industria
petrolera y política energética.
El papel del
sector construcción.
Energía
eléctrica.
Telecomunicación.
Tienen que
desaparecer el estado empresario, el estado productivo, para convertirse en un
estado diseñador de políticas regulado y controlado, prestando servicios
dirigidos a mejorar una calidad de vida del ciudadano.
Se notan
importantes cambios en la orientación económica. A través de un proceso de privatización
de las empresas públicas.
La economía
venezolana seguirá fundamentándose en nuestro principal recurso natural: el
petróleo, el reto planteado es saber aprovechar la renta petrolera para lograr
el desarrollo de los demás sectores productivos y una mejor calidad de vida del
venezolano.
La Revolución
descentralizada.
Para el
desarrollo sustentable:
Ambiente.
Control de
calidad ambiental urbana
Ordenamiento
del territorio.
Conservación
de recursos naturales renovables.
El agua.
Política de
apoyo al sector agrícola.
Desarrollo del
potencial turístico.
Infraestructura
y servicios públicos.
Visión
Prospectiva.
Pensamos que
entramos en el siglo XXI con una visión realista de nuestra situación. En este
sentido se adelantan políticas que deben profundizarse y consolidarse, como las
siguientes:
Reforma del
Estado: este es uno de los grandes retos que se ha propuesto el gobierno
venezolano percibido por el presidente Hugo Rafael Chávez Frías ya que ello le
permitiría desarrollar acciones concretas destinada a realizarlos; sin embargo
la reforma implica cambios en los órdenes político, administrativo, jurídico,
económico, social y educativo - cultural. Los temas principales que tienen
planteado la reforma son los siguientes:
La reforma de
Constitución de la República: esto es fundamentalmente, porque en ella quedaría
establecido el marco y normativas generales sobre el cual debe producirse la
reforma del estado.
La
Descentralización: implica cambios en la concentración del poder político y en
la administración del estado. Lo apoyan cuatro instrumentos legales muy
importantes:
Ley de
elección y renovación de gobernadores.
Ley orgánica
de régimen municipal.
Ley orgánica
de descentralización y transferencia de competencia del poder público, reforma
de la ley orgánica del sufragio.
Ley orgánica
del consejo de la judicatura.
En lo
educativo - cultural: el plan de acción de Ministerio de Educación y Deporte,
en la administración del presidente Hugo Chávez, se plantea de manera concreta:
“el estado debe mantener su rol histórico en cuanto a responsable de las
grandes directrices que orientan el proceso educativo permanente de la nación y
en cuanto garante de su aplicación…”. El estado debe ser el eje de la sociedad
educada, puesto que esa es una de sus responsabilidades esenciales, pero
aceptando que los agentes educativos son y deben ser múltiples.
Política
Exterior: la globalización económica y homogenización cultural son razones
poderosas para que nuestro país desarrolle en el nuevo milenio una política
exterior creativa, que le permita participar con éxito en ese proceso, a riesgo
de quedarnos atrapado en el pasado.
Los Partidos
Políticos: son fundamentales para el funcionamiento del sistema democrático,
pero es necesario que se modernicen y se pongan en sintonía con la sociedad
civil. El partido político invadió casi todas las actividades del ciudadano
venezolano. Es necesario que definan muy bien sus campos de acción, que sean
verdaderos instrumentos para canalizar las luchas sociales y promover los
cambios de la sociedad.
Modernizar el
Poder Judicial: desde un primer momento el presidente de la República hizo
énfasis en que era una necesidad de su gobierno hacen grandes cambios en el
poder judicial, para asegurar y profundizar la vigencia de un estado democrático
de derecho, que equilibra el funcionamiento de las distintas normas del poder
público. El poder judicial, como administrador de la justicia, es la llave de
todo sistema democrático.
“Tenemos
planteamiento y hay que hacerlo, actualizar y modernizar el ordenamiento
jurídico, garantizar, la plena autonomía del poder judicial y al
profesionalización y despartidización de la administración de justicia.”
Hemos
adelantado en esos cambios con la promulgación del nuevo código procesal penal,
la ley orgánica de procedimiento administrativo, la ley orgánica de
salvaguardia del patrimonio público, ley de carrera judicial, ley del poder
judicial y la ley orgánica del consejo de la judicatura.
El ciudadano
clama por un mejor funcionamiento de la justicia en el país. Mientras ello no
ocurra viviremos una democracia incompleta. Eso es uno de los grandes retos de
la República Bolivariana de Venezuela y del gobierno del presidente Hugo Chávez
para el siglo XXI. Los colegios de abogados y los abogados tienen el compromiso
de luchar por el rescate del prestigio del ejercicio de su encomiable
profesión.
En lo
Jurídico: la corrupción en la administración de justicia es evidente y es uno
de los principales vicios que atenta contra la estabilidad de las instituciones
democráticas. Es por ello que en este gobierno se ha luchado incansablemente
sobre este problema. El resumen de los elementos de la crisis son una realidad;
pero no son apocalípticos, frete a ellos se cuenta con un elemento humano
capacitado; recursos naturales en abundancia, infraestructura industrial, de
comunicación y transporte, planes educativos… que permitirán al país salir
triunfantes de esta situación.








COMENTARIO POR: EDUARDO CALDERÓN
ResponderEliminarBUEN CONTENIDO, PERO RECUERDE ESCRIBIR LA BIBLIOGRÁFIA. LA EFECTIVIDAD EN LA COMUNICACIÓN DEBE SER IMPOTENTE, YA QUE LA VERDAD DE VENEZUELA SE PRESENTA EN VARIAS ÁREAS, QUE SON LA INCLUSIÓN EN LA EDUCACIÓN A TRAVES DE LAS MISIONES, UBV, EXTENSIONES DE LA UNEFA EN TODA VENEZUELA, BARRIO ADENTRO 1-2 Y 3, ENTRE OTROS
COMENTARIO POR: EDUARDO CALDERÓN
ResponderEliminarLA DEMOCRACIA EN VENEZUELA ES Y DEBE SER PARTICIPATIVA, TU QUE OPINAS
QUE OPINAS DEL GOBIERNO DE HUGO CHAVEZ Y EL DE MADURO SON DEMOCRACIA PARTICIPATIVA SI O NO ARGUMENTA TU RESPUESTA.
ResponderEliminarQUE OPINAS DEL GOBIERNO DE HUGO CHAVEZ Y EL DE MADURO SON DEMOCRACIA PARTICIPATIVA SI O NO ARGUMENTA TU RESPUESTA.
ResponderEliminarAnderson Fernandez:
ResponderEliminarGracias al Proceso Revolucionario ahora participamos activamente en todos los procesos del pais, Viva la Revolucion!!
como chavista debes reclamar y reprochar lo mal que estan gobernando no apoyar esta ola de corruptela cinserense y difiendan sus propios ideales
Eliminarsiempre hemos participado en los procesos democraticos, no vengan que ahora nada mas....
ResponderEliminaren cuanto a la comunicacion en este gobierno es falso... por eso tantos periodistas se fueron del pais xq no permitieron que los canales censuraran el contenido encontra del gobierno......
maduro es tan democratico que secuestro al cne y tsj para poder perpetrarse en el poder seamos honesto quitenomos las etiqueta por cierto no soy fan de ningun partido.ellos propusieron esta constitucion ahora la interpretan a su gusto esto no es democracia son lobos con disfras de oveja
ResponderEliminarNuestra Constitución actúa sobre el Estado, precisado ahora más que nunca a pensar en el pueblo, sobre la sociedad a la que se le exige participar activamente y no como antes que se limitaba a votar. Si ambas fuerzas se activaran y se conjugaran, el resultado sería excelente
ResponderEliminarAsi mismoes ana. El nuevo modelo democrático-participativo significa el establecimiento del ejercicio real del gobierno por el pueblo, lo que debe ser valorado como la transición hacia alternativas más efectivas de desarrollo de la soberanía popular...
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